Arrendamiento Puro

"Contrato por el cual se obliga a una persona física o moral (arrendador) a otorgar el uso o goce respecto de un bien a otra persona física o moral (arrendatario) quien a su vez en contraprestación debe efectuar un pago convenido por cierto periodo de tiempo preestablecido.

El arrendamiento puro permite al arrendatario usar y gozar los beneficios de un bien, sin poseer la propiedad, pagando únicamente rentas mensuales por el uso.

Una vez concluido el periodo pactado, existen las siguientes posibilidades para el arrendatario:

1. Devolución del bien.
2. Prorrogar el plazo del contrato, bajo las bases que prevalezcan al momento de dicha terminación.

Ventajas del Arrendamiento Puro:

Operativas:

  • El cliente tiene la opción de renovar el equipo obsoleto, ya que al estar rentando los bienes, contará siempre con equipo nuevo y tecnología de punta.
  • El reemplazo de los bienes por nuevos y actualizados favorece la disminución en los gastos de mantenimiento.
  • Disponibilidad inmediata del bien.
  • Evita los riesgos que pudieran suscitarse en cuanto a la propiedad y comercialización de los bienes muebles.

Fiscales:

  • Registro contable muy simple, las rentas van directamente al rubro de gastos.
  • Deducibilidad de hasta un 100 ya que se puede manejar directamente como un gasto.
  • La arrendataria no paga el Impuesto al Activo, sobre los bienes arrendados, ya que no son de su propiedad.

Financieras:

  • Disponibilidad de capital de trabajo para destinar a las áreas productivas.
  • No se requiere necesariamente contar con recursos que respalden la obtención de un financiamiento, ya que la garantía está dada en el bien mismo.
  • No impacta los estados financieros de las empresas por el registro de un pasivo oneroso.
    Libera líneas de crédito.
  • Permite, al arrendatario una eficiente programación presupuestal.

*En caso de que al término del contrato exista un contrato de compra venta del bien entre el arrendador y el arrendatario, el bien tendrá que ser enajenado a valor comercial o de mercado.


RENTA DIARIA (Renta a corto plazo)


Es realmente muy parecida al arrendamiento Puro, ya que es el otorgamiento  del  uso  ó  goce  de  un bien  por  un  tiempo determinado, a cambio de una retribución (renta), y donde los contratos no deberán exceder los 90 días en promedio.







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